12 de junio de 2007
Hoy ha aparecido en la edición impresa del diario «Expansión» la siguiente noticia relacionada con el tema del cánon. Contretamente en el suplemento jurídico. Firma el artículo un abogado del bufete madrileño «Elzaburu», especializado en temas de la Propiedad intelectual e industrial. Os cito el mismo:
TRIBUNA
Luis Baz y Baz
Elzaburu»Libros, bibliotecas y canon»
Jorge Luis Borges en su Poema de los Dones se «œfiguraba el Paraíso bajo la especie de una biblioteca». Lo que no imaginaba es que ese Paraíso parece haberse convertido en un campo de batalla ante la próxima modificación de los artículos 19.4 y 37.2 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), mediante la Disposición Final Primera de la Ley de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas.
El tema no es nuevo. Una vez más se cuestiona el mal llamado canon, esta vez en relación con los préstamos de las bibliotecas y otros establecimientos de titularidad pública o que pertenezcan a entidades de interés general, antes exonerados por el un vigente artículo 37.2 del texto refundido de la LPI.
Pero en esta ocasión la polémica suscita una mayor perplejidad. Si las bibliotecas son templos del saber y de la cultura; si los libros son instrumentos del conocimiento; y si el derecho de autor es soporte que garantiza y protege ese saber, no se entiende que las críticas procedan, precisamente, de quienes deberían preocuparse por su preservación; más intereses pueden tener en la promoción de la cultura y más tendrían que abogar por la defensa de los autores, sin cuya actividad creativa nunca hubiese existido ese paraíso borgiano.
La sorpresa es todavía mayor cuando se constata que la introducción del derecho de remuneración en el ámbito de los préstamos es fruto de una ya vieja Directiva Comunitaria de 19 de noviembre de 1992 sobre derechos de alquiler y préstamo en el ámbito de la propiedad intelectual, y no de las presiones o caprichos de las entidades de gestión; y que nuestro país ha sido condenado por Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 26 de octubre de 2006 por «œeximir de la obligación de remunerar a los autores por los préstamos públicos de obras amparadas por derechos de autor, los préstamos concedidos por la práctica totalidad, si no la totalidad, de las categorías de establecimientos».
Es comprensible el temor ante esta reforma en las bibliotecas «“hasta ahora beneficiarias de la excepción»“ por razones presupuestarias. Pero este temor no puede soslayar la obligación del Estado de dar cumplimiento a una decisión, más o menos controvertida, dictada por el Tribunal de Justicia.
Sin duda el Real Decreto que se anuncia deberá contemplar los parámetros para fijar la cuantía de la remuneración, considerando todas las circunstancias esgrimidas por unos y otros «“Bibliotecas, autores y usuarios»“ en defensa de sus posiciones, de forma que el ejercicio del derecho de reproducción resulte lo más beneficioso para unos y lo menos gravoso para otros.
Si el paraíso tiene forma de biblioteca, hay que evitar que los intereses contrapuestos rompan este sueño, que haya vencedores y vencidos. Se deben aunar esfuerzos para que la biblioteca sea un espacio de calma y paz que favorezca el desarrollo y la difusión de la cultura; donde los autores puedan ejercitar el derecho de remuneración reconocido por la ley; donde los usuarios puedan cultivar su mente sin amenazas económicas; y donde el Estado, como garante de derechos y obligaciones de todos, participe por vía presupuestaria en la honrosa labor de estimular a los autores en su abnegado esfuerzo creativo.
No podemos perder la esperanza. Hay que evitar que estas medidas legales provoquen desánimo en los autores y en los usuarios y que los libros de las bibliotecas cojan polvo.Ya lo decía John Steinbeck: «œPor el grosor del polvo en los libros de una biblioteca pública puede medirse la cultura de un pueblo».——————————————————————————————————-
Bonita frase para concluir y quedar «bien»… Pero desde aquí paso a comentarle a este señor que su solución igualmente la vamos a pagar todos los españoles de nuestro bolsillo (‘paga el Estado de los presupuestos’) y de nuestros impuestos (y Vd. va a salir bien parado en ambas circunstancias) y todo para pagar a unas sociedades que lejos de «defender» los derechos de propiedad intelectual para autores (que no dudo que un porcentaje les den, ¡que menos!) lo que hacen es lucrarse y enriquecerse ellos mismos a costa del sudor y del esfuerzo ajeno (debería de caérseles la cara de vergüenza por trabajar en una sociedad así) y por estar guardándose el dinero de todos los españoles.
También le recomiendo al articulista que se dé un repaso a los siguientes enlaces a ver si así cambia de opinión con respecto a la solución de ese según él mal llamado «canon» (para informarse mejor, ¡uy! pero claro no había caído el señor trabaja para una de las principales firmas de abogados especializadas en temas de la propiedad intelectual):
– Comando Anticanon: http://noalprestamodepago.org
Y por último y no menos importante, desde aquí también os invito a hacerles llegar vuestros comentarios a estas «caritativas» Sociedades que se lucran día a día con dinero de los contribuyentes y que «tanto» salvaguardan los derechos de los autores más que los suyos propios (firmes defensoras del Canon):
SGAE
Juan Luis Pascual Gordo (persona de contacto administrativo de la SGAE)
jpascual@sgae.es (probad a poner en Google ‘ladrones’ y vereis que sorpresa)
CEDRO:
cedro@cedro.org
AEAE (Asociación de Escritores y Artistas Españoles):
secretaria@aeae.es